Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si el principio de proporcionalidad puede modular el incumplimiento del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social para resultar beneficiario de una subvención, y, en caso afirmativo, en qué condiciones.
Resumen: * RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.Delito: Abuso sexual. Sentencia absolutoria.Motivos: Infracción de derechos constitucionales. Tutela judicial efectiva.
Resumen: NULIDAD DE ACTUACIONES POR HABERSE INADMITIDO OTRO RCUD QUE SE DICE IGUAL. SE DESESTIMA.
Resumen: * RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.Delito: lesiones del art. 147.1 C.P. Motivos: vulneración de derechos fundamentales (art. 852 LECrim): presunción de inocencia (art. 24.2 CE).
Resumen: * RECURSO LEY 41/2015. SENTENCIA DICTADA EN APELACIÓN POR EL T.S.J.Delito: Delito contra la salud pública, en su modalidad de tráfico de drogas que causan grave perjuicio a la salud. Artículo 368.1º del Código Penal. Motivos: Presunción de inocencia. Principio acusatorio. Infracción de ley. Circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.
Resumen: Al trabajador se le extingue su contrato por despido colectivo en 2021, entre octubre/20 y abril/21 se suspende la relación y percibió desempleo COVID-19, el SEPE le reconoce 660 día y reclamó 720 días. El JS estimó y el TSJ confirmó, consumen plazos de prestación por las excepciones de la normativa COVID y se considera cotizado a todos los efectos suponiendo una excepción al art. 269 LGSS. En cud se cuestiona por el SEPE si debe computar como cotizado el periodo en el que se perciben previamente prestaciones por ERTE COVID por fuerza mayor para el percibo de una nueva prestación. La Sala IV reproduce la doctrina de los rcud. 5326/22, 606/23 y otros, aprecia afectación general por los beneficiarios afectados. Aplica el art. 269 LGSS, no deben tenerse en cuenta cotizaciones ya computadas para derecho anterior ni computar las del SEPE o empresa durante el tiempo de abono de la prestación. Las reglas especiales de la COVID RRDD-L 8 ó 30/20 no alteran el cómputo de las percibidas como tiempo cotizado, ni son una excepción a regla general, no computa el periodo de percepción para generar nueva prestación por desempleo. La expresión a todos los efectos no atribuye periodo nuevo, reafirma que la exención de la cuota empresarial no incida negativamente en el trabajador, no genera más beneficios ni más extenso sino que mantiene el mismo. El desempleo se vincula duración a periodos de ocupación cotizada, desempeño de servicios laborales. La aplicó al caso y estimó
Resumen: La prestación de desempleo covid no altera la norma que impide el cómputo de las prestaciones percibidas como tiempo cotizado que permita generar un nuevo periodo. En ningún caso se contempla que el periodo de percepción de prestaciones de desempleo pueda computarse a los efectos de generar el derecho a una nueva prestación, como si de una ocupación cotizada se tratase. Reitera doctrina de pleno establecida en sentencia 980/2023, de 16 de noviembre (rcud 5326/2022).
Resumen: MEJORA VOLUNTARIA DE SEGURIDAD SOCIAL. IT. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. PRESCRIPCIÓN. FALTA DE CONTRADICCIÓN.
Resumen: -Seguridad Social. Desempleo: el tiempo de suspensión contractual por causa de fuerza mayor asociada a los efectos de la pandemia (ERTE) no computa como cotizado a efectos de percibir una nueva prestación de desempleo, tan solo el efectivo desempeño de servicios laborales durante un determinado periodo temporal puede generar el correlativo derecho a la prestación.
Resumen: DETERMINACIÓN DE CONTINGENCIA DE IT. ACCIDENTE DE TRABAJO. CONTAGIO COVID-19 EN EJERCICIO DE FUNCIONES. FALTA DE CONTRADICCIÓN.